Existen otro tipo de delitos que pueden ser cometidos por menores como son los delitos contra la propiedad.
Cuando éramos niños, ¿quién no ha cogido un chicle de una tienda y se lo ha guardado sin pagarlo?
Pero eso es una cosa, muy diferente a cuándo la gravedad de los delitos aumenta, así como la cuantía de lo sustraído.
Este tipo de delitos están recogidos en el Título XIII del Código Penal.
El objetivo de este tipo de delitos consiste en hacerse con cosas que no nos pertenecen de forma ilegal, es decir, sin pagar, sin haberlas recibido de parte de sus dueños o sin que el dueño se dé cuenta.
Los diferentes delitos contra la propiedad cometidos son:
- Delito de hurto
Consiste en coger cosas ajenas sin la voluntad del dueño, la pena puede variar si el valor de lo sustraído supera los 400 €.
Por ejemplo, cuando un chico le quita el móvil a un compañero, o a su novio/a, etc., o cuando vamos a una tienda y cogemos un videojuego para la videoconsola.
- Delito de robo
Hablamos de robo cuando el menor emplea la fuerza o intimidación para hacerse con las cosas, siendo las penas más graves que en el caso anterior.
Por ejemplo cuando se rompe la ventanilla de un coche para coger lo que hay en su interior, cuando se rompe un vidrio de una tienda para acceder a su interior, cuando agredimos a una persona para quitarle la cartera, etc.
- Delito de receptación
También constituye delito vender y/o comprar una cosa que sabemos que es sustraída.
Normalmente el precio de compra/venta suele ser muy inferior a su precio de venta, obteniendo por tanto un beneficio.
Por ejemplo, si compramos un móvil que vale 600 €, a 200 € sabiendo que es robado, o la nueva PlayStation 5.
- Delito de daños (grafitis):
Cuando un menor hace una pintada o un grafiti está cometiendo un delito contra la propiedad de quiénes sea el edificio, el tren o la tienda que hayan pintado.
Si además esas pintadas se hacen en edificios o monumentos históricos, la pena impuesta es mayor.
Pero no sólo los grafitis suponen un delito de daños, si en una manifestación se destroza mobiliario urbano, también se consideraría un delito de daños.
Todo este tipo de actos son condenables, pero la mayor parte del tiempo los menores usan medios para evitar ser reconocidos si existen sistemas de grabación, lo que dificulta su reconocimiento.
Esto lo estamos viendo estos días con los disturbios en varias ciudades de España debido al encarcelamiento de Pablo Hasel.
Pues a la dificultad de condenar a los menores por aquello que hacen, es necesario educar adecuadamente a los niños para evitar que cuando lleguen a la adolescencia cometan actos socialmente desviados