Delitos contra la propiedadExisten otro tipo de delitos que pueden ser cometidos por menores como son los delitos contra la propiedad.

Cuando éramos niños, ¿quién no ha cogido un chicle de una tienda y se lo ha guardado sin pagarlo?

Pero eso es una cosa, muy diferente a cuándo la gravedad de los delitos aumenta, así como la cuantía de lo sustraído.

Este tipo de delitos están recogidos en el Título XIII del Código Penal.

El objetivo de este tipo de delitos consiste en hacerse con cosas que no nos pertenecen de forma ilegal, es decir, sin pagar, sin haberlas recibido de parte de sus dueños o sin que el dueño se dé cuenta.

Los diferentes delitos contra la propiedad cometidos son:

  • Delito de hurto

    Consiste en coger cosas ajenas sin la voluntad del dueño, la pena puede variar si el valor de lo sustraído supera los 400 €.

    Por ejemplo, cuando un chico le quita el móvil a un compañero, o a su novio/a, etc., o cuando vamos a una tienda y cogemos un videojuego para la videoconsola.

  • Delito de robo

    Hablamos de robo cuando el menor emplea la fuerza o intimidación para hacerse con las cosas, siendo las penas más graves que en el caso anterior.

    Por ejemplo cuando se rompe la ventanilla de un coche para coger lo que hay en su interior, cuando se rompe un vidrio de una tienda para acceder a su interior, cuando agredimos a una persona para quitarle la cartera, etc.

  • Delito de receptación

    También constituye delito vender y/o comprar una cosa que sabemos que es sustraída.

    Normalmente el precio de compra/venta suele ser muy inferior a su precio de venta, obteniendo por tanto un beneficio.

    Por ejemplo, si compramos un móvil que vale 600 €, a 200 € sabiendo que es robado, o la nueva PlayStation 5.

  • Delito de daños (grafitis):

    Cuando un menor hace una pintada o un grafiti está cometiendo un delito contra la propiedad de quiénes sea el edificio, el tren o la tienda que hayan pintado.

    Si además esas pintadas se hacen en edificios o monumentos históricos, la pena impuesta es mayor.

    Pero no sólo los grafitis suponen un delito de daños, si en una manifestación se destroza mobiliario urbano, también se consideraría un delito de daños.

Todo este tipo de actos son condenables, pero la mayor parte del tiempo los menores usan medios para evitar ser reconocidos si existen sistemas de grabación, lo que dificulta su reconocimiento.

Esto lo estamos viendo estos días con los disturbios en varias ciudades de España debido al encarcelamiento de Pablo Hasel.

Pues a la dificultad de condenar a los menores por aquello que hacen, es necesario educar adecuadamente a los niños para evitar que cuando lleguen a la adolescencia cometan actos socialmente desviados

El otro día os hablé del tipo de delitos que pueden llevar a cabo los menores a grandes rasgos; esta semana, y las siguientes, me gustaría profundizar un poco más en ellos.

Los delitos tecnológicos o informáticos se cometen usando las nuevas tecnologías como ordenadores, tablets o móviles, a través de las redes sociales, WhatsApp, etc.

Las nuevas tecnologías tienen muchas ventajas, como un contacto inmediato con amigos o conocer al momento noticias, pero también implica muchos peligros si no se sabe utilizar correctamente. En muchas ocasiones podemos estar llevando actuaciones delictivas, incluso sin darnos cuenta.

Cuando un menor comete un delito usando alguno de estos medios, lo hace en la mayoría de los casos creyendo en su anonimato; internet nos ofrece una falsa sensación de anonimato que hace que las personas se vuelvan más “atrevidas”.

Pero lo que más debería preocuparnos en cuanto a sociedad, es que la mayoría de los jóvenes tiene el siguiente pensamiento:

Como soy menor de edad, no me pueden hacer nada

Tipos de delitos cometidos por los menores

  • Sexting: Consiste en el envío de contenido erótico o sexual, el contenido ilícito de este acto es el uso que se haga de dicha fotografía, pudiendo usarse para conseguir a cambio de no divulgarla, para acosar, insultar y un largo etcétera, esto se conoce como “Sextorsión
  • Cyberbulling o Ciberacoso: Es el acoso utilizando las nuevas tecnologías, principalmente las redes sociales. Las más frecuentes son la difusión de rumores sobre la víctima, vejar e insultar (estamos hablando de un delito contra la integridad moral).
  • Incitación al odio: Se trata de fomentar el odio, la discriminación o la violencia contra un grupo de personas por motivos racistas, religiosos, etc., generalmente hecho a través de internet. La mayoría de los menores son muy influenciables por su entorno, por lo que si su grupo de amigos o familiares tienen ciertas ideas racistas, éstos pueden llegar a divulgar actos de odio contra personas que no sean del mismo país que ellos.
  • Suplantación de identidadCuando suplantamos la identidad de una persona con malas intenciones, por ejemplo ofrecer servicios sexuales a cambio de dinero, o publicar el número de teléfono, fotos y dirección de correo electrónico para que entren en contacto.

En definitiva, educar a los jóvenes sobre la utilización de las redes sociales, desde una perspectiva de respeto hacia los demás, evitaría muchos de estos delitos.

 

La educación comienza en casa, eso es algo básico y que parece que hoy en día se ha perdido. La mayoría de los adultos piensan que sus hijos van a la escuela para que los eduquen, eximiéndose de dicha responsabilidad. Pero la escuela está para enseñar a nuestros hijos, no para hacer nuestro trabajo. 

La educación de los hijos no es tarea fácil, hay ciertas frases que decimos a los niños que sin darnos cuenta puede moldear su forma de pensar/actuar en un futuro, y que puede llevar a tener determinadas conductas antisociales. 

Para poneros algún ejemplo: 

  • No llores que ya no eres un niño/No llores, no ha sido para tanto: muchas veces se tiende a infravalorar los sentimientos de los niños, y es que, aunque para nosotros el que se haya roto su juguete no tenga ninguna importancia, para él puede ser una gran tragedia, por lo que consolarle y nunca infravalorarle. En un futuro este tipo de sentimiento en el menor puede hacer que no se sienta querido por nadie y por tanto no importarle lo que otros digan sobre sus actos. 
  • Aprende de tu hermano: todos sabemos que las comparaciones son odiosas, entonces sí a un adulto no le gusta que le comparen con nadie, ¿por qué se lo decimos a los niños? Un niño al que se le dice esto, puede ver a esa persona con la que se le ha comparado como un modelo que nunca podrá alcanzar, lo que va a afectar a su autoestima, pudiendo proyectar dicho sentimiento en otros ámbitos fuera del familiar. 
  • Me vas a volver loca: puede que en ciertas ocasiones los hijos hagan perder la cordura a los padres, pero es muy importante no hacer al niño partícipe de ello. Debemos tener en cuenta que usar la culpabilidad para motivar a que cambie su comportamiento no es positivo, ya que le estamos transmitiendo que él es culpable de nuestros problemas, lo que puede generar gran ansiedad. 
  • Si haces esto, te voy a castigar: nunca, nunca, nunca hay que usar la amenaza para conseguir que el niño haga algo por dos motivos: por un lado, estamos rompiendo la confianza que el niño tiene en sus padres, y por otro lado le estamos dando el ejemplo de que para conseguir algo es legítimo usar la intimidación. 
  • Eres un niño malo: esto a primera vista puede no generar ningún impacto en el menor, pero muchos niños pueden llegar a pensar que son así y no pueden hacer nada para remediarlo; les estamos transmitiendo la idea de que son defectuosos, y en un futuro pueden no tener conciencia de que lo que están haciendo está mal. 
  • Deja, que ya lo hago yo: el mensaje que lanzamos cuando decimos esta frase es muy claro, le estamos diciendo que él no va a ser capaz de hacerlo, entonces pensará que no vale la pena esforzarse por hacer las cosas bien, además de convertirle en una persona dependiente siempre de los demás. Otras fases que usamos serían “no sabes hacer nada bien” o “no sé cuándo vas a aprender”. 

Y habría muchos más ejemplos, claro que todo esto depende mucho de la personalidad de cada niño y como pueda acoger e interpretar este tipo de frases, pero una cosa esta clara, debemos de educar a los niños siempre desde el respeto, sin amenazas y con mucho cariño. 

Al igual que existen unos factores de riesgo para la delincuencia juvenil, también existen unos factores de protección, los cuales no podemos dejar de prestarles atención. 

Según Morant (2003) y Sánchez-Teruel (2011), las características de estos factores serían: 

  1. Aquellos que reducen la sensibilidad ante factores de riesgo, como afrontar de forma exitosa los problemas. 
  1. Los que disminuyen el impacto de factores de riesgo como, por ejemplo, una correcta supervisión parental. 
  1. Aquellos que reducen o detienen reacciones en cadena negativa, como tener buenas habilidades para manejar conflictos. 
  1. Los que provocan reacciones en cadena positivas. 
  1. Aquellos que promueven la autoestima y el sentido de autoeficacia, como tener relaciones personales seguras y con elevado nivel de apoyo social. 
  1. Los que abren oportunidades positivas como oportunidades educacionales, oportunidades de progreso académico y oportunidades para cambiar el contexto social.  
  1. Aquellos que promueven el procesamiento cognitivo positivo de experiencias negativas. 
  1. Permanecer en el colegio. 
  1. Tener una actitud mental de autosuficiencia, capacidad de planificación y proactividad hacia la solución de problemas. 
  1. Ser resiliente. 

Como conclusión del análisis de los factores de riesgo y protección, podríamos decir que el impacto de estos factores siempre va a depender de las características de cada menor, así como la educación que ha recibido. 

Para seguir dentro de la misma temática de la prevención, hoy vamos a ver los tres tipos de prevención que existen: 

1. Prevención primaria ⇾ sería el conjunto de estrategias orientadas a la raíz del conflicto criminal, es decir, neutraliza las causas mucho antes de que ocurran. Se trata de crear los requisitos necesarios o resolver las situaciones criminógenas, buscando siempre una socialización provechosa acorde con los objetivos sociales. 

Esta prevención primaria implica la instrumentalización de acciones en todos los ámbitos del  bienestar social para lograr que los beneficios de desarrollo lleguen a todos los sectores de la  población, evitando así la exclusión de los sectores más pobres y marginados, pero sin  dedicar todas las políticas públicas única y exclusivamente a ellos, ya que en un sentido  estricto significaría estigmatizarlos. 

Pero existen circunstancias que van a incidir negativamente en las políticas de prevención,  por lo que se consideran factores de riesgo criminológico como lo pueden ser la corrupción,  el desempleo, el subempleo, la explosión demográfica, la pérdida y/o transformación de  valores, etc. 

Los ámbitos esenciales para una prevención primaria son educación y socialización, vivienda,  trabajo, bienestar social y calidad de vida. Sus resultados se verían a medio y largo plazo. 

2. Prevención secundaria ⇾ este tipo de prevención actúa más tarde, etiológicamente hablando, no cuando ni donde el delito se produce, sino cuando y donde se manifiesta o exterioriza, y va dirigida a casos concretos y a grupos o subgrupos que presenten un mayor riesgo de desarrollar una conducta criminal; en otras palabras, se dirige a potenciales delincuentes y a víctimas. 

La prevención secundaria está orientada a medidas que dificultan al delincuente cometer un  ilícito penal, medidas que aumenten el riesgo para él o medidas que reducen los beneficios  de cometer un delito. 

3. Prevención terciaria ⇾ el destinatario de este tipo de prevención está claramente identificado: la población reclusa, es decir, va dirigida a quién ya ha cometido un delito. Los destinatarios no son solamente quiénes estén en centros penitenciarios, sino también en centros de tratamiento de menores infractores. 

Tiene un objetivo específico que es evitar la reincidencia de esas personas, desarrollando  todas las estrategias dentro de los centros penitenciarios o de tratamiento de menores, pero  para ser realistas este no es un panorama muy alentador, ya que las políticas actuales no  están tan orientadas a la rehabilitación del delincuente y su reinserción social como cabría  esperar.  

Se podría considerar una intervención tardía. 

Visto un poco a grandes rasgos la semana pasada sobre formas alternativas a la represión del delito, vamos a adentrarnos más en la prevención en sí misma. 

¿Qué es la prevención? 

La prevención implica disuadir al delincuente o ponerle obstáculos para la comisión de un ilícito, pero la pregunta es ¿cómo se consigue disuadir?  

Para unos únicamente bajo la amenaza de pena se disuade a la generalidad de cometer un delito, lo que se busca es contramotivar al potencial infractor; para otros, dichas amenazas no tienen especial relevancia, cosa que sí tendría educar a la ciudadanía para que no cometan delitos, es decir anticiparse a él. En un sentido estricto, prevenir sería algo más que dificultar la comisión de un hecho delictivo, desde el punto de vista etiológico el concepto de prevención no puede desligarse de la génesis del fenómeno criminal pues reclama una intervención dinámica y positiva que neutralice las raíces del delito, es decir las causas, ya que la mera disuasión no afecta a dichas causas que seguirán estando ahí presentes. 

Ya aquí podemos ver también la antítesis del derecho penal y la prevención, ya que, en un Estado social y democrático de derecho, el derecho penal solo puede intervenir cuando se lesionan los bienes jurídicos, por lo que anticiparse a ello iría totalmente en contra de esta premisa. 

La prevención atañe a todos los variables sociales porque el crimen es considerado un problema de la comunidad, que nace en la comunidad y que ha de resolverse por la comunidad, de tal modo que dicha prevención no es exclusiva de los medios de control social formal, sino también de los medios de control social informal. 

El crimen y la criminalidad son dos de los problemas que más preocupan a la sociedad en la actualidad, ambas han existido siempre por lo que no es nada nuevo, pero a esta importancia real le acompaña una relevancia simbólica, y es que hoy en día en las sociedades contemporáneas tenemos un mayor acceso a la información que, gracias a Internet, fluye de manera más rápida, lo que provoca que el problema se aprecie de forma más intensa. 

Así, ante un hecho criminal que llegue hasta nosotros surgen diversidad de cuestiones: se crea una mayor sensibilidad victimológica, hay personas que asumen una postura y la difunden (juzgar el hecho o a quién lo ha llevado a cabo, absolver o condenar según su “sentido común” o como mejor les convenga, etc.) 

Una cosa sí es cierta, y es que el tratamiento del fenómeno criminal debe ser tratado con rigor y cuando hablamos de rigor lo primero en lo que pensamos es un enfoque punitivo al sustentar la necesidad de castigar, o más bien la “obligación” que siente el Estado de castigar el delito, pero ¿será que es suficiente? ¿son posibles alternativas no punitivas para el tratamiento de la criminalidad? 

En un estado social y democrático de derecho está claro que la mayor atención debe estar en la creación de una política criminal que se anticipe al delito y evitar así al máximo su represión, aunque claro esto es fácil decirlo, pero no tanto llevarlo a la práctica. Dentro de toda la gama de políticas públicas que atañen a la prevención hay una materia que no sería tan complicada adoptar: la educación. 

En la criminología clásica, caracterizada por un Estado totalitario, la perspectiva que se tenía en relación con la delincuencia era totalmente reactiva, es decir el delincuente es un enemigo del Estado y el objetivo era disuadir a la población de cometer ilícitos penales castigando al delincuente, no se le veía como un ciudadano por lo que ni siquiera se podía hablar de prevención. 

Por el contrario, en la criminología moderna caracterizada por los rasgos de un Estado social y democrático de derecho, el fenómeno delictivo se aborda desde una perspectiva social, teniendo más importancia anticiparse al fenómeno delictivo, que reprimirlo. Es especialmente relevante reparar el daño causado a la víctima y ofrecer alternativas de socialización al delincuente.